jueves, 5 de noviembre de 2015

LO INTERESANTE DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.



Información tomada de https://www.youtube.com/watch?v=ZjhpVQi5v1E



Un paseo por la historia:


La constitución política, también llamada carta magna o carta fundamental, es la ley máxima y suprema de un país o estado. En ella se especifican los principales derechos y deberes de sus participantes,y define la estructura y organización del Estado. En Colombia esta constitución se modificó drásticamente por ultima vez en 1991, luego de durar más de 100  años con la constitución de 1886.

  LA DECLARACIÓN DE GINEBRA 1924



Con esta declaración se reconocen  por primera vez a los niños y la necesidad de crear unos derechos a favor de ellos. Se  crea el derecho a la protección, a la alimentación, al cuidado, a la educación y a no ser abandonados. Generando una responsabilidad en los adultos para el garantizara estos derechos.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS



Para esta convención de los derechos humanos la asamblea fue aprobada el 18 de diciembre de 1979, con el fin de reconocer el valor de la persona humana, la igualdad de derechos para hombres y mujeres y  promover el progreso social y elevar el nivel de vida desde un concepto mas amplio de libertad.
Pero en esta declaración no se tienen en cuenta las necesidades de la infancia es por esa razón que surge esta declaración:



DECLARACIÓN Y CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS

El 20 de noviembre de 1959 se aprobó la declaración de los derechos del niño  de manera unánime por todos los 78 Estados miembros de la ONU.





Con el fin de reconocer al niño y niña como sujetos de derechos." como ser humano capaz de  desarrollarse física, mental, social, moral y espiritualmente con libertad y dignidad.

 REFLEXIÓN:

En la actualidad aunque son nombrados y reconocidos los derechos de las niñas y niños, es preocupante la cantidad de derechos que no se les garantizan a los infantes, pues actualmente se escuchan muchas noticias en las que los niños son asesinados,explotados y abusados sexualmente, maltratados física y verbalmente, abandonados en ocasiones  extremas después de salir del vientre de sus madres y en casos mas deprimentes mueren por desnutrición y causas previsibles . En ocasiones es en la familia donde no se respetan estos derechos. 
Consideramos que es necesario re educar y continuar promoviendo la garantía de los derechos y en caso necesario denunciar porque todos las niñas y niños son sujetos de derecho. 



CONVENIO 182 SOBRE LA PROHIBICIÓN DE LAS PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL



Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo y congregada en dicha ciudad el 1.º de junio de 1999, en su octogésima séptima reunión;
Considerando la necesidad de adoptar nuevos instrumentos para la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil, principal prioridad de la acción nacional e internacional, incluidas la cooperación y la asistencia internacionales, como complemento del Convenio y la Recomendación sobre la edad mínima de admisión al empleo, 1973, que siguen siendo instrumentos fundamentales sobre el trabajo infantil;
Considerando que la eliminación efectiva de las peores formas de trabajo infantil requiere una acción inmediata y general que tenga en cuenta la importancia de la educación básica gratuita y la necesidad de librar de todas esas formas de trabajo a los niños afectados y asegurar su rehabilitación y su inserción social al mismo tiempo que se atiende a las necesidades de sus familias;
Recordando la resolución sobre la eliminación del trabajo infantil, adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 83.ª reunión, celebrada en 1996;
Reconociendo que el trabajo infantil se debe en gran parte a la pobreza, y que la solución a largo plazo radica en un crecimiento económico sostenido conducente al progreso social, en particular a la mitigación de la pobreza y a la educación universal;
Recordando la Convención sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. 



CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE ATENCIÓN Y EDUCACIÓN EN PRIMERA INFANCIA




Esta primer conferencia se realizo en Moscú del 27 al 29 de noviembre para debatir maneras de mejorar el acceso  a la Atención  y Educación de la Primera Infancia.(AEPI)


¿Qué es el AEPI?


  • La AEPI es un derecho, reconocido en sobre los Derechos del Niño, ratificada por 149 Estados.
  •  La AEPI es el cimiento de la EPT y el primer paso para cumplir todos sus demás objetivos.
  • La AEPI puede mejorar el bienestar de los niños pequeños, en particular los del mundo en desarrollo, donde hay una probabilidad de cuatro sobre diez para que un niño viva en la pobreza extrema y donde 10,5 millones de niños menores de cinco años mueren anualmente a causa de enfermedades evitables.
  • La AEPI contribuye a lograr el Objetivo de Desarrollo del Milenio de reducir la pobreza, así como a la educación, la salud y otras metas e instrumentos internacionales.  
  • La AEPI ejerce un efecto positivo en la escolaridad posterior y aumenta la matrícula en la enseñanza secundaria, en particular entre las niñas. 


  • CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER 1979



    Preocupados por el hecho de que en situaciones de pobreza la mujer tiene un acceso mínimo a la alimentación,la salud, la enseñanza, la capacitación y las oportunidades de empleo, a sí como a las satisfacción de otras, convencidos de que el establecimiento de un nuevo orden económico e internacional basado en la equidad y la justicia contribuiría significativamente a la promoción de la igualdad entre el hombre y la mujer.
    Se realiza la convención para reafirmar el principio de la no discriminación y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona puede invocar todos los derechos y libertades proclamados en esta declaración, sin distinción alguna y por ende, sin distinción de sexo.


    CUMBRE MUNDIAL A FAVOR DE LA INFANCIA 1990.


    Hace algo más de un decenio, el mayor grupo jamás reunido hasta entonces de dirigentes mundiales que se haya reunido en la historia se sentó alrededor de una enorme mesa redonda en las Naciones Unidas para discutir, en tono franco y apasionado, sus responsabilidades para con los niños y para debatir acerca del futuro.

    Como quedó demostrado en esas conversaciones de alto nivel en la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, no existen otros dos temas que estén tan íntimamente relacionados. Y tampoco existe una afirmación más categórica del papel central que ocupan los niños con relación a nuestro futuro común que la aprobación por parte de la Cumbre Mundial de un conjunto de metas específicas y sujetas a plazos determinados orientadas a garantizar la supervivencia, la protección y el desarrollo de los niños en el decenio de 1990.

    PROTOCOLOS FACULTATIVOS DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO EN 2000.


    Tiene como objetivo proporcionar a la infancia protección jurídica contra las peores formas de explotación.
    La Convención sobre los Derechos del Niño, una serie de normas y obligaciones irrevocables aceptada universalmente, ofrece protección y apoyo a los derechos de la infancia. Al aprobar la Convención, la comunidad internacional reconoció que, a diferencia de los adultos, las personas menores de 18 años necesitan una atención y protección especiales. Para contribuir a eliminar los abusos y la explotación cada vez mayores de los niños y niñas en todo el mundo, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 2000 dos Protocolos facultativos de la Convención que refuerzan la protección de la infancia contra su participación en los conflictos armados y la explotación sexual.


                   

    La legislación Educativa Colombiana 
    nos lleva a valorar la importancia de contextualizar cada vez mas la información, pues solo existe si se integra en el quehacer educativo y se vincula a toda la comunidad educativa, se logra obtener mayor apreciación y asimilación en el campo educativo.


    Reflexión:
    La convención de los derechos del niño establece la forma como debe tratarse a los niños y niñas en las diferentes esferas de la vida. Reconoce sus derechos a la supervivencia, el desarrollo y la protección y a una participación activa en las cuestiones que los afectan.
    Pero hay ocasiones que no se reconocen sus derechos y se hacen invisibles afectando el desarrollo integral de los niños y niñas.









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